Conjunto de sensaciones percibidas después de haber desaparecido el estímulo de la boca, distintas a las percibidas previamente.Es sinónimo de dejo.
Sensaciones agradables percibidas por el órgano olfativo por vía indirecta cuando se realiza la degustación de un alimento.En perfumería y en lenguaje no especializado se aplica también a las mismas sensaciones apreciadas por vía nasal directa.
a) Califica la propiedad de los cuerpos puros o mezclas que, al ser degustados, producen las sensaciones calificadas como aroma.b) Califica a aquellos productos que, examinados por vía nasal directa, producen sensaciones de fragancia y frescor.
Examen de los caracteres organolépticos de un producto mediante los sentidos.
Proceso de recopilación y evaluación de información sobre los peligros y las condiciones que los originan para decidir cuáles constituyen una amenaza para la seguridad de los alimentos y, por tanto, deben incluirse en el plan de APPCC.
Califica el sabor elemental producido por soluciones acuosas diluidas de diversas sustancias tales como quinina, cafeína y determinados heterósidos.Califica la propiedad de aquellos cuerpos puros o sus mezclas que al ser degustados producen este sabor.El sustantivo correspondiente es
Atributo positivo del aceite de oliva determinado en función de la intensidad de su percepción. Sabor elemental característico del aceite obtenido de aceitunas verdes o en envero, percibido por las papilas caliciformes que forman la V lingual.
Sensación olfativa que recuerda a las almendras frescas.

